El abuso y la falta de conciencia ante los derechos humanos
Adriana Gonzalez Roa -
Psicología - adrigonroa@hotmail.com
Milton
Aliud Moreno Diaz – Psicología -
miltonalliud@yahoo.co
Jairo Guerrero- Administración Empresas –
jairoguerrero1976@gmail.com
Johana Marcela Upegui Rodriguez - Administración Empresas –
jmupegui@hotmail.com
Palabras
Claves
Corrupción
Intimidad
Pena
de Muerte
Sociedad
El estado colombiano como país
reconocido a nivel mundial, se rige actualmente por su carta magna, constitución
de 1991, que fue sancionada por los constituyentes del mismo año, está
orientada fundamentalmente en el respeto y aplicación de los derechos humanos
en todo lo largo y ancho de nuestro territorio, como fuera de él hacia nuestros
ciudadanos nacionales en acuerdo con la legislación internacional. Está basada en la protección de las personas,
cuyo objeto es un conjunto de reglas para la construcción de una Colombia y sus
ciudadanos con sentido progresista, una sociedad autónoma, en busca de
fortalecer nuestra democracia, basada en la participación de los ciudadanos en
los procesos electorales decidiendo de esta forma en un avance de la sociedad.
Colombia es un estado social
de derecho, que invita a las personas a formar un país, dentro en una sociedad democrática,
con participación de los ciudadanos, adquiriendo un sentido natural y común
dentro de los derechos humanos, demostrando hasta ahí en estas líneas una participación
del pueblo en la toma de decisiones. Los
derechos humanos son materia fundamental y deben ser estándar en todos los
rincones del país, no solo para los ciudadanos del común, si no también para
quienes dirigen políticamente el futuro de Colombia, no tratando solo de
conocerlos si no de aplicarlos en las diferentes actuaciones, de acuerdo a lo
ordenado por nuestra constitución, en búsqueda de una verdadera democracia y del
beneficio de toda una nación.
Derecho a la vida
Derecho a la vida
ARTICULO
11. El derecho a la vida es inviolable.
No habrá pena de muerte
Si bien el artículo 11 de la
C.N, acota que “no habrá pena de muerte”, existen hechos demasiado trágicos en
que la sociedad civil alza su voz de inconformidad frente a esta aseveración;
entre los últimos hechos, recordamos a los niños de Florencia Caquetá, que dio
pie para volver a preguntarnos cada vez que pasa algo así: ¿y porque no,
incluir a la constitución nacional la pena de muerte para hechos atroces?,
frente a este lamentable hecho:
“Tras el crimen de cuatro
niños en Florencia (Caquetá), el director General de la Policía Nacional,
Rodolfo Palomino, propuso este domingo abrir el debate sobre la pena de muerte
para quienes incurran en delitos atroces contra menores de edad.”
Pero contrapunteo un conocedor de la rama judicial:
Augusto Ibáñez, expresidente de la Corte
Suprema de Justicia (CSJ), aseguró que el país no puede incluir la pena de
muerte en sus condenas debido a que se han suscrito varios tratados
internacionales que prohíben esta condena, además de que la tradición
jurídica nacional no lo permite.
Por otra parte; Colombia, ha firmado
diferentes convenios internacionales en que se compromete a no incluir la pena
de muerte, por esta y muchas otras consideraciones, pasaran muchos años para
que exista la voluntad política de incluirla. Pero creemos que sería una buena
estrategia para evitar hechos delictivos desgarradores que en muchos casos son
financiados con cualquier peso ($), con la premura de odios, envidias o
sentimientos efímeros que trazan de dolor la vida de familias enteras, quienes
pierden a uno o varios de sus integrantes.
Derecho a la Intimidad
Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y
familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las
informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en
archivos de entidades públicas y privadas.
Este derecho que ha sido reconocido como un derecho fundamental por la
constitución política, se ha visto vulnerado y más abiertamente en círculo de
la política, aun así no se pueden desconocer que aunque las víctimas son
funcionarios del estado colombiano, siguen siendo seres humanos a los cuales se
les vulnero el derecho a la Intimidad ya que fueron interceptados sus teléfonos
y correos electrónicos sin ninguna
autorización.
De acuerdo a la Revista cultural
electrónica. “Cuando
se habla de una interceptación telefónica se contempla la idea de una violación
a un derecho fundamental del ser humano, a la intimidad y privacidad siendo un
delito reconocido por la ONU, que consiste en el apoderamiento de papeles,
cartas, mensajes de correo electrónico o cualquier otro documento o efectos
personales, interceptación de telecomunicaciones, utilización de artificios
técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o imagen,
o de cualquier otra señal de comunicación, con intención de descubrir secretos
o vulnerar su intimidad, sin que medie en consentimiento del afectado., Sólo
pueden ser interceptados o registrados mediante orden judicial, en los casos y con
las formalidades que establezca la ley Colombiana”
Tomado de: http://maximogris.net/revista/?p=2162
Es por eso que se ha hecho necesario
proteger aún más el derecho a la intimidad en un país donde día a día se va
evolucionando en el mundo de las tecnologías y donde la información se ha
convertido en un factor clave para el desarrollo. El ejemplo al cual se hace alusión son las ‘chuzadas’
o interceptaciones y seguimientos ilegales a magistrados, opositores,
periodistas y activistas en el 2010 y que hasta el día de hoy se siguen
realizando capturas y condenas por este delito que vulnero el derecho a la
intimidad.
Derecho a la seguridad
social
Artículo 48. La
Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se
prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los
principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca
la Ley.
Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.
Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.
Sobran
las palabras para describir el incumplimiento que a diario vemos por parte de
las entidades prestadores de servicios sociales, como son las EPS y los fondos
de pensiones, en donde cada día es más caótico su servicio, a esto habría que
sumarle las modificaciones a las leyes, es por eso que el
panorama de la seguridad social en Colombia es amplio y casi siempre
desalentador. Podríamos nombrar el Seguro Social como
ejemplo claro de cómo el estado no tiene ni la dirección, ni el control sobre
los asuntos que competen a estas entidades, la Ley 100 y las EPS son otro
ejemplo que nos recuerda también que cada vez el camino de la salud y la
seguridad social a los colombianos anda hacia atrás.
Hoy en día nos preguntamos cómo fue que
llegamos hasta la situación actual de la salud y la seguridad social, que leyes
y decretos han facilitado el desplome y la insatisfacción por parte de los
usuarios. La seguridad social se está viendo afectada por el bajo control del Estado, la corrupción, el
clientelismo político y la ineficiencia administrativa, todo esto con el
agravante de la indiferencia que tenemos los colombianos trabajadores para
defender lo propio. Todo lo anterior
sirve solamente para tener una equivocada concepción de que lo privado es mejor
y no exigir al estado respuestas y soluciones para la corrupción en las EPS y
seguimos permitiendo el deterioro en la calidad de la atención para los
afiliados y usuarios de este sistema.
Derechos humanos enfocados a la familia
Artículo 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
Artículo 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
La familia es el elemento
natural y fundamental en la sociedad y es por eso que los derechos humanos
deben ir ligados con el orden jurídico para su estricto cumplimiento, es lo que
permite un buen desempeño del individuo en una sociedad, favoreciendo la
protección de la familia Las cuales deben ser el centro de atención del estado,
en su seno es donde se inculcan los principios y valores, se forma el comportamiento del individuo ante
la sociedad, sumado a esto tenemos que tener en cuenta el desarrollo y avance
en este mundo cada vez más globalizado, exigiendo
al estado prestar más atención y centrar sus esfuerzos hacia su sociedad.
Actualmente
nuestras familias están siendo vulneradas en gran parte en sus derechos
humanos, cada vez los ricos son más ricos y los pobres más pobres, y se escasean las posibilidades y
oportunidades, la pobreza en Colombia aún se encuentra en estándares muy altos,
afectando de esta manera la base de nuestra sociedad. El conflicto interno genera diariamente
muertes, mutilaciones, desapariciones, desplazamiento y reclutamiento forzado de menores y toda clase de vejámenes que
atacan directamente el núcleo de nuestra sociedad por donde se quiera mirar, en
especial por los grupos al margen de la ley. Cuando el estado le falla al
pueblo no llega con sus planes de inversión
y desarrollo y mucho menos ejerce autoridad, está propiciando que agentes generadores de
violencia lo reemplacen y hagan el papel de autoridad.
El tema de derechos humanos, permanece
en constante violación por diferentes factores, recordemos que Colombia es un país
en permanente conflicto interno y el ataque constante a nuestra población civil
por parte de grupos al margen de la ley, subdesarrollado, en donde la pobreza
ha alcanzado niveles y estándares muy altos, las oportunidades de trabajo son
muy escasas y las condiciones laborales son precarias, la politización, la
falta de presencia del estado con sus planes de desarrollo en muchas regiones
del país, el abandono, la falta de educación, salud, techo y entre otros son
factores que de una u otra forman atacan nuestra base de la sociedad la
FAMILIA, olvidándose que es el origen del progreso y desarrollo de la sociedad
y por el contrario también es el foco primordial de todos los problemas que
afectan el buen funcionamiento de una nación, todo está escrito en gran parte
por nuestra constitución pero si continuamos haciendo caso omiso a lo que
ordena continuaremos siendo un país subdesarrollado y cada vez más pobre. EL
progreso de la familia va de la mano con
las condiciones laborales de los trabajadores es inevitable esta condición de
vida.
Bibliografía
CONSTITUCION POLITICA. SECRETARIA GENERAL DEL
SENADO. REPUBLICA DE COLOMBIA. Recuperado de: http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/constitucion-politica
Diario El Espectador. Recuperado de:
http://www.elespectador.com/noticias/judicial/corte-solicito-al-mindefensa-crear-protocolo-de-admisio-articulo-560793
Recuperado
de: elciudadanoejemplar.blogspot.com
Recuperado
de: www.corteconstitucional.gov.co
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